¿Puedes cancelar un contrato después de firmarlo? Esto dice Profeco
Cinco días hábiles pueden marcar la diferencia entre continuar con una contratación o echarla atrás. La Ley Federal de Protección al Consumidor contempla un mecanismo para revocar determinados contratos sin responsabilidad para quien los suscribió, siempre que se cumplan las condiciones previstas por la legislación.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó que este plazo comienza a contar a partir de la entrega del producto o de la firma del contrato, según corresponda. La medida busca proteger a quienes detecten inconsistencias en una operación comercial o decidan ejercer el derecho de cancelación dentro del periodo establecido.
El procedimiento no consiste únicamente en comunicar verbalmente que ya no se desea continuar. La solicitud debe hacerse ante el proveedor y puede enviarse por escrito o mediante correo electrónico. Conservar una copia de la petición, así como la fecha en que fue enviada, resulta fundamental para acreditar que la revocación se realizó dentro del periodo permitido.
También deben conservarse contratos, recibos, comprobantes de pago, mensajes y cualquier documento relacionado con la compra o contratación. Estos elementos pueden servir como respaldo si posteriormente surge una controversia sobre la cancelación o la devolución del dinero.
La protección puede entrar en juego cuando existen problemas con las condiciones pactadas, como incumplimientos en la entrega, diferencias entre lo ofrecido y lo recibido, deficiencias en la calidad del producto o servicio o la presencia de cláusulas abusivas.
En el caso de los servicios, la Profeco señala que, después del periodo de cinco días y dentro de los primeros 10 días hábiles en los que todavía no se haya proporcionado la prestación contratada, el proveedor debe reintegrar el importe correspondiente. Cuando la operación involucra un producto, éste deberá ser devuelto conforme a las condiciones aplicables.
La dependencia también recomienda que antes de firmar cualquier documento se revisen las reglas relacionadas con cancelaciones, devoluciones y reembolsos. Otro punto que debe verificarse es que el proveedor esté establecido en territorio mexicano.
La información que recibe el cliente también forma parte de las obligaciones comerciales. Por ello, no es recomendable aceptar documentos cuyo contenido no pueda comprenderse plenamente, ya sea porque están redactados en otro idioma o porque contienen cláusulas ambiguas o difíciles de interpretar.
Las disposiciones fueron retomadas por Profeco en la edición 595 de la Revista del Consumidor, como parte de sus recomendaciones para que las personas conozcan las condiciones bajo las cuales pueden dejar sin efecto determinadas contrataciones.
La clave, de acuerdo con estas disposiciones, está en no dejar pasar los plazos y documentar cada paso del procedimiento. Una solicitud presentada oportunamente y acompañada de los comprobantes correspondientes puede ser determinante para hacer valer el derecho de revocación.